SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1984/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes denuncian que las autoridades recurridas vulneraron  los derechos a la petición, al trabajo, al ejercicio de la función pública y al debido proceso, pues: I. El recurrido Presidente de la Comisión de Participación Popular del Senado de la República: a) no se pronunció respecto a la inexistencia de informe preliminar de la Contraloría General de la República; b) a través de la nota de 29 de abril de 2004, recomendó la suspensión de las firmas de todas las cuentas fiscales del Municipio, en cuyo mérito el Ministerio de Hacienda determinó la medida; c) con ese acto dio curso a la solicitud de entidades sin atribución para impetrar el congelamiento de cuentas, actuó en forma ultrapetita, usurpó funciones de la Comisión y del Pleno del Senado, y no impulsó el respectivo procedimiento para el pronunciamiento de la respectiva Resolución Senatorial; y, d) entre sus argumentos invocó la Resolución Municipal 08/04 de 6 de febrero suscrita por un concejal suspendido y dictada sin que el Concejo tenga atribución para determinar el congelamiento de cuentas. II. Los concejales recurridos emitieron la Resolución Municipal 08/2004 pese a llevar la firma de un concejal suspendido, no habiéndose cumplido la formalidad prevista por el art. 16 de la LM, pues no existió convocatoria ni sesión del Concejo Municipal.