SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0221/2004-R
Fecha: 12-Feb-2004
procedente
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Santa Cruz, en ausencia del representante del Ministerio Público, con la disidencia de un Vocal, declaró procedente el recurso, con los siguientes fundamentos: a) el Código de seguridad social constituye ley de la República y las normas conexas también forma parte de él, pero no así el Decreto Ley 18494 de 13 de julio de 1981; b) no puede presumirse la constitucionalidad de un Decreto Ley, por constituir la forma de gobernarse de los gobiernos de facto, siendo inexistente al no haber sido ratificado por el Congreso, debiendo aplicarse en el caso presente las normas de la prescripción bienal previstas por el Código civil, puesto que el Código de Seguridad Social, no establece nada respecto a la prescripción.