Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2004
Fecha: 31-Mar-2004
FUNDADO
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandado de los arts. 120.6ª y 7 inc. 6) y 79 y siguientes de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), resuelve declarar FUNDADO el recurso directo de nulidad interpuesto por René Javier Rojas Rojas en representación de COTEL Ltda. y, por ende, dispone la NULIDAD de la RM 716/03 de 25 de noviembre de 2003, pronunciada por el Ministro de Trabajo.
- René Javier Rojas Rojas
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.4. Alegaciones de la parte recurrida
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el Ministerio de Trabajo no tiene atribuciones para resolver conflictos laborales emergentes de los contratos de trabajo, por lo mismo el titular de dicha cartera no puede disponer la reincorporación de trabajadores despedidos
- de manera, que no queda duda de quien es la autoridad competente para resolver el retiro de un trabajador, sin que el Ministerio del Trabajo pueda atribuirse dicha función, bajo el argumento de que debe velar por la aplicación y cumplimiento de la legislación laboral, pues esta atribución, no implica que deba suplir las atribuciones de otras autoridades y menos jurisdiccionales
- III.3.
- FUNDADO