Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2004
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2004

    Fecha: 31-Mar-2004

    II.1.

    II.1.      El 24 de enero de 2001 la Cooperativa de Teléfonos Automáticos de La Paz-COTEL representada por la Intervención preventiva de COTEL, y el Sindicato Único de Trabajadores de COTEL, suscribieron un contrato colectivo de trabajo (fs. 115-126), que fue homologado por el Ministerio de Trabajo y Microempresa mediante Resolución Administrativa (RA) 006/01 de 1 de febrero de 2001 (fs. 127).

    • René Javier Rojas Rojas
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.4. Alegaciones de la parte recurrida
    • II.1.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • el Ministerio de Trabajo no tiene atribuciones para resolver conflictos laborales emergentes de los contratos de trabajo, por lo mismo el titular de dicha cartera no puede disponer la reincorporación de trabajadores despedidos
    • de manera, que no queda duda de quien es la autoridad competente para resolver el retiro de un trabajador, sin que el Ministerio del Trabajo pueda atribuirse dicha función, bajo el argumento de que debe velar por la aplicación y cumplimiento de la legislación laboral, pues esta atribución, no implica que deba suplir las atribuciones de otras autoridades y menos jurisdiccionales
    • III.3.
    • FUNDADO

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca