SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0027/2004

Fecha: 31-Mar-2004

II.5.

II.5.       Ante la solicitud de dirigentes sindicales (fs. 113), el Ministro de Trabajo, por                 RM 716/03 de 25 de noviembre de 2003, en consideración a una huelga de hambre de ex - trabajadores de COTEL solicitando la reincorporación a su fuente de trabajo, y en base al Contrato Colectivo de Trabajo suscrito entre los Ejecutivos de la Cooperativa y el Sindicato de Trabajadores de 24 de enero de 2001 y el Laudo Arbitral emitido dentro del proceso de conciliación y arbitraje seguido a instancias del Sindicato de Trabajadores de COTEL - SUTCOTEL suscrito el 24 de febrero de 2003 y la SC 0059/2003, de 30 de junio, resolvió la reincorporación a sus fuentes de trabajo de treinta trabajadores que no recibieron indemnización por años de servicio (fs. 18-19).