SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
cuando una Sentencia Constitucional Revoca la procedencia decretada por un Tribunal de amparo, los efectos de tal resolución en el fondo, se traducen en que la autoridad o persona recurrida prosiga con la actuación que tenía con anterioridad al planteamiento del recurso
“(...) Antes de ingresar al análisis de fondo del presente recurso, corresponde aclarar los efectos que tienen las resoluciones de amparo constitucional, cuando se encuentran pendientes de su revisión en éste Tribunal Constitucional; al respecto, las Sentencias Constitucionales (SSCC) 1794/2003-R y 1573/2002-R hacen constar que: '(...) cuando se declara la procedencia de un amparo constitucional, el cumplimiento de los efectos de esa decisión debe ser inmediato, pues con esa declaratoria, el tribunal respectivo ordenará a la autoridad o persona particular recurrida (a quien se le ha encontrado responsable del acto ilegal o de la omisión indebida), haga, deje de hacer, se pronuncie o entregue algo (...) cuando una Sentencia Constitucional Revoca la procedencia decretada por un Tribunal de amparo, los efectos de tal resolución en el fondo, se traducen en que la autoridad o persona recurrida prosiga con la actuación que tenía con anterioridad al planteamiento del recurso' (negrillas marcadas); ese mismo razonamiento ha sido complementado con lo dispuesto por SC 381/2002-R, cuando estableció que: '(...) la resolución que conceda el amparo tiene su efecto inmediato y lo que ésta determine no puede ser impugnada por ningún recurso'.
- Gerónimo Balderrama Arnez, José Casupá Correa y Elfy Suárez Umalla, por sí y en representación legal de los vecinos del barrio “El Retoño”
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando una Sentencia Constitucional Revoca la procedencia decretada por un Tribunal de amparo, los efectos de tal resolución en el fondo, se traducen en que la autoridad o persona recurrida prosiga con la actuación que tenía con anterioridad al planteamiento del recurso
- la declaratoria de improcedencia del recurso de amparo tiene efectos suspensivos hasta la ulterior decisión del Tribunal
- APRUEBA