Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
II.2.
II.2. A través de la Sentencia dictada el 2 de marzo de 2002 (fs. 113 y 114) dentro del sumario sobre interdicto de recobrar la posesión seguido por Tomás Pérez Quispe y Osvaldo Rodríguez Saínz contra Rosendo Hurtado Yabeta, José Morón Cuellar, Gonzalo Salinas Baldivieso y Alberto Olivera Ruiz por sí y en representación de otros 22 vecinos más, el Juez recurrido falló declarando probada la demanda de fs. 12 y 13, Sentencia en la que se da por acreditado que los demandantes son legítimos propietarios de 90 lotes de terreno correspondientes a los manzanos 32, 36, 36-A y 39 ubicados en el fundo “El Trapiche”, zona Nor-Este de Santa Cruz, carretera a Cotoca.
- Gerónimo Balderrama Arnez, José Casupá Correa y Elfy Suárez Umalla, por sí y en representación legal de los vecinos del barrio “El Retoño”
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando una Sentencia Constitucional Revoca la procedencia decretada por un Tribunal de amparo, los efectos de tal resolución en el fondo, se traducen en que la autoridad o persona recurrida prosiga con la actuación que tenía con anterioridad al planteamiento del recurso
- la declaratoria de improcedencia del recurso de amparo tiene efectos suspensivos hasta la ulterior decisión del Tribunal
- APRUEBA