Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0349/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes arguyen que el Juez recurrido no atendió su solicitud de señalar el lugar exacto y a qué personas afectaría la orden de desapoderamiento, dado en ejecución de sentencia de un proceso interdicto en el que no fueron parte, que amenaza la urbanización denominada “El Retoño” donde habitan hace siete años, habiéndoseles indicado que estén a lo dispuesto por el Auto que trata sobre un amparo constitucional. Corresponde, en revisión, analizar si en este caso se debe otorgar la tutela buscada por los actores.
- Gerónimo Balderrama Arnez, José Casupá Correa y Elfy Suárez Umalla, por sí y en representación legal de los vecinos del barrio “El Retoño”
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- cuando una Sentencia Constitucional Revoca la procedencia decretada por un Tribunal de amparo, los efectos de tal resolución en el fondo, se traducen en que la autoridad o persona recurrida prosiga con la actuación que tenía con anterioridad al planteamiento del recurso
- la declaratoria de improcedencia del recurso de amparo tiene efectos suspensivos hasta la ulterior decisión del Tribunal
- APRUEBA