SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2004-R

Fecha: 23-Mar-2004

debiendo dar lugar a la reposición o nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, pues la garantía contra el procesamiento ilegal y la indefensión es el debido proceso, siendo este el motivo por el que plantean el presente recurso,  dado que los fiscales sin observar todo lo manifestado les acusaron y por su parte los jueces les están procesando indebidamente, ya que se han negado a dar curso al incidente de exclusión probatoria

Señalan que la prueba es ilícita porque fueron aprehendidos por particulares, sin que se dieran las circunstancias del delito flagrante, pues de las declaraciones de los afectados se tiene que la sustracción de las motos fueron el 17 y 24 de octubre de 2002; y que éstos además dijeron que desde ese día empezaron su búsqueda hasta dar con el paradero de los autores el 27 de octubre de 2002, en el que los agarraron para hacer justicia con sus propias manos, de modo que fueron golpeados brutalmente por los mismos y obligados a autoincriminarse, vale decir, que fueron obligados a través de la tortura a confesar el delito y como esta prueba es ilícita todas las demás que le sucedieron lo son igualmente, de modo que el proceso se está llevando con defectos absolutos insubsanables y que deben ser considerados aún de oficio por los jueces, debiendo dar lugar a la reposición o nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, pues la garantía contra el procesamiento ilegal y la indefensión es el debido proceso, siendo este el motivo por el que plantean el presente recurso,  dado que los fiscales sin observar todo lo manifestado les acusaron y por su parte los jueces les están procesando indebidamente, ya que se han negado a dar curso al incidente de exclusión probatoria.