SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2004-R

Fecha: 23-Mar-2004

III.2.

III.2.  En la problemática planteada, en cuanto al primer punto de la denuncia relativo a que los fiscales presentaron acusación en base a pruebas obtenidas ilícitamente y que niegan la participación del Ministerio Público en el allanamiento ilegal ocurrido en el domicilio donde fueron aprehendidos y torturados por particulares, por cuya razón se vieron obligados a autoincriminarse, este extremo no puede ser dilucidado en este recurso porque a raíz de la acusación no se ha privado de libertad a los recurrentes, es más de acuerdo a las normas previstas en el Código de procedimiento penal relativas al Régimen Cautelar, la acusación es en etapa y tiempo muy posterior a la determinación que se toma sobre las medidas cautelares a imponerse a la parte imputada dentro de una investigación, siendo otros los elementos de convicción que se toman para la aplicación de dichas medidas y en particular de la detención preventiva, de manera que la demanda planteada carece de relevancia constitucional a tratarse en este recurso, pues se reitera si bien en éste puede denunciarse procesamiento indebido, el requisito sine quanon es que, se demuestre que a consecuencia del mismo se estén lesionando los derechos bajo protección de este recurso, de no ser así el procesamiento aludido deberá ser denunciado en esta jurisdicción pero a través del amparo, siempre que previamente se hubieren agotado los medios y recursos ordinarios idóneos ante las autoridades competentes.