Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0397/2004-R
Fecha: 23-Mar-2004
II.1.
II.1. El 29 de octubre de 2002, Eduardo Camacho Muñoz, Médico Forense del Distrito del Beni, presentó informe a la Fiscalía del Distrito del Beni, que refería heridas y hematomas en los cuerpos de los recurrentes Carlos Chávez Pérez, Jorge Armando Moreno Araúz, Carmelo Melgar Salvatierra y Miguel Ángel Ibaguare Vargas (fs. 12).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- debiendo dar lugar a la reposición o nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo, pues la garantía contra el procesamiento ilegal y la indefensión es el debido proceso, siendo este el motivo por el que plantean el presente recurso, dado que los fiscales sin observar todo lo manifestado les acusaron y por su parte los jueces les están procesando indebidamente, ya que se han negado a dar curso al incidente de exclusión probatoria
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA