SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0431/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0431/2004-R

Fecha: 24-Mar-2004

374/2002-R

El carácter subsidiario del recurso de amparo, ha sido desarrollado por abundante jurisprudencia de este Tribunal, como las SSCC 1089/2003-R, 552/2003-R, 106/2003-R, 374/2002-R, -entre otras-, que enseñan que no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho previamente uso de los recursos ordinarios o administrativos establecidos por ley y en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa, salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable.

El carácter subsidiario del recurso de amparo, ha sido desarrollado por abundante jurisprudencia de este Tribunal, como las SSCC 1089/2003-R, 552/2003-R, 106/2003-R, 374/2002-R, -entre otras-, que enseñan que no podrá ser interpuesta esta acción extraordinaria, mientras no se haya hecho previamente uso de los recursos ordinarios o administrativos establecidos por ley y en caso de haber utilizado los mismos deberán ser agotados dentro de ese proceso o vía legal, sea judicial o administrativa, salvo que la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales ocasione perjuicio irremediable e irreparable.