SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0460/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0460/2004-R

Fecha: 30-Mar-2004

a)

El Banco de Crédito de Bolivia S.A. mediante sus representantes legales se hizo presente en audiencia y a través del memorial que cursa de fs. 89 a 96, se apersonaron y fundamentaron propugnando las Resoluciones dictadas por las autoridades recurridas -ahora impugnadas-, señalando que: a) al haberse dictado esas Resoluciones y al haberse rechazado la acumulación, no se violentó ninguna norma procesal y menos, se conculcó derecho constitucional alguno, pues la acumulación de procesos coactivos no se encuentra contemplada en el Código de procedimiento civil ni en la Ley de abreviación procesal civil y de asistencia familiar, norma procedimental  última que rige los procesos coactivos civiles; b) la SC 1539/2003-R, no puede ser aplicada al caso de autos en mérito a la irretroactividad de la ley contenida en el art. 33 de la CPE, que solamente contempla dos casos de retroactividad, en materia penal y en materia social, no siendo ninguno de los casos citados el presente, pues la Sentencia Constitucional es de 30 de octubre de 2003, fecha posterior a las fechas en las cuales fueron dictadas las Resoluciones impugnadas y, de procederse en contrario, es decir, en caso de declararse la procedencia del recurso, se afectaría a todo el sistema bancario nacional, posibilitando maniobras únicamente tendientes a burlar la garantía hipotecaria otorgada a favor de las instituciones de crédito, por lo que solicitan se declare la improcedencia del presente recurso.