SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0460/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0460/2004-R

Fecha: 30-Mar-2004

procedente

Por Resolución cursante de fs. 100 a 101, el Tribunal de amparo declaró procedente el recurso con los siguientes fundamentos: a) todas la acciones cobratorias o que persigan ese fin, tienen como garantía todos los bienes del deudor, coincidentemente, con ese criterio, el Tribunal Constitucional a través de la SC 1539/2003-R de 30 de octubre, determina que todo proceso coactivo civil, cuente o no con sentencia ejecutoriada en tanto no haya culminado totalmente con la efectivización del pago que persigue, debe ser acumulado al proceso concursal que se haya incoado, constituyendo así un reconocimiento al debido proceso y, quien no procediere de ese modo, estaría afectando al debido proceso y la seguridad jurídica; b) tampoco se puede alegar que se estaría afectando el principio de la retroactividad de la ley, pues, lo que se ha señalado por el Tribunal Constitucional a través de dicha Sentencia, es únicamente el de cumplir con su obligatorio rol de controlador de la constitucionalidad y, bajo esa premisa no se puede desconocer que el accionar de las autoridades recurridas, constituye un acto ilegal que vulnera esos principios y garantías fundamentales, que no puede ser desconocido bajo el pretexto de una supuesta cosa juzgada y presunta irretroactividad, porque lo ilegal no puede generar derechos; por lo que en aplicación a la SC 1539/2003-R que tiene carácter vinculante y obligatorio debe declarase la procedencia del recurso.