Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0460/2004-R
Fecha: 30-Mar-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente señala que el Juez recurrido, al haber rechazado la solicitud de acumulación del proceso coactivo que le sigue el Banco de Crédito de Bolivia S.A., ante el Juzgado de Partido Décimo en lo Civil y Comercial de la Capital, donde se tramita el concurso voluntario de acreedores, los vocales recurridos al dictar el Auto de Vista 589 de 28 de octubre de 2003, por el que confirman el Auto de rechazo apelado, restringieron y suprimieron sus derechos a la seguridad jurídica, a la propiedad y al debido proceso. Por lo que corresponde analizar, en revisión, si tales aseveraciones son ciertas y si dan lugar o no a brindar la tutela que otorga el art. 19 de la CPE.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- derecho a la seguridad jurídica
- debido proceso
- III.3
- III.4
- III.5
- todo proceso coactivo civil, cuente o no con sentencia ejecutoriada, en tanto no haya culminado totalmente con la efectivización del pago que persigue
- III.6
- APRUEBA