SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0354/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Nº 0354/2004-R

Fecha: 17-Mar-2004

Aduana Nacional es el órgano competente

            El art. 32 DS 27149, establece el procedimiento para que los vehículos indocumentados puedan acogerse al Programa Transitorio Voluntario y Excepcional, procedimiento en el que la Aduana Nacional es el órgano competente para determinar la base imponible que deberán cancelar los que se acojan al programa transitorio, autorizar la entrega del vehículo por parte del responsable del recinto aduanero y remitir el vehículo indocumentado a DIPROVE, cuando exista denuncia de robo.