Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
III.3
III.3 Por otra parte, los concejales recurridos también eludieron ordenar la reincorporación del recurrente, manteniéndolo fuera de su cargo durante este tiempo, sin que pueda ser imputable al actor su inasistencia a las sesiones del Concejo y menos puede tomarse esa situación como un abandono voluntario de sus funciones, toda vez que su ausencia se debió a la medida de suspensión definitiva adoptada ilegalmente por los recurridos en una sesión nula, como se explicó precedentemente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.2
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7 Un día después, en la sesión extraordinaria de 13 de septiembre de 2003
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- la suspensión procederá en forma automática
- III.2
- Fragmento 15
- sesión de 22 de marzo de 2003,
- III.3
- 12 de septiembre de 2003,
- en la sesión extraordinaria de 13 de septiembre, los concejales recurridos
- mprocedente
- 3. Disponer