SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

III.1.

III.1. La Ley Orgánica de la Policía Nacional de 8 de abril de 1985, en su art. 8 señala que la Policía Nacional es una institución técnico-científica, organizada según los principios de administración, integración de funciones, jerarquía y atribuciones propias para esta clase de actividades.  En el art. 9  de dicha Ley se describe la organización de la Policía Nacional, que consta de Organismos de Dirección y Control, como son el Comando, El  Sub Comando General y la Inspectoría General; Organismo Disciplinario donde está el Tribunal Disciplinario Superior; Organismos de Asesoramiento y Apoyo, como las Direcciones Nacionales de Personal, de Inteligencia, Administrativa, y otras; Organismos Descentralizados, como el Consejo Nacional de Vivienda Policial, el Fondo Complementario de Seguridad Social y otro; en la administración desconcentrada, los organismos a nivel departamental y los Organismos Operativos, como las Unidades de Orden y  Seguridad, de tránsito, de Policía Aduanera y otros.