SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

la organización y funcionamiento del Cuerpo Especial de Seguridad Física, se sujetará a las disposiciones generales de la Ley Orgánica de la Policía Boliviana,

          La citada Resolución, en su numeral  segundo, dispone que: “la organización y funcionamiento del Cuerpo Especial de Seguridad Física, se sujetará a las disposiciones generales de la Ley Orgánica de la Policía Boliviana, debiendo elaborarse  el respectivo Reglamento de carácter interno, a cargo del Comando General de la Policía Boliviana y aprobación del Ministerio del Interior, Migración y Justicia”.

          Mediante Resolución del Comando General de la Policía Nacional 87/91 de 6 de mayo de 1991 (fs. 9) se resolvió que la administración económico-financiera del Batallón de Seguridad Física, estará bajo exclusiva responsabilidad del Comandante de Unidad, que manejará sus recursos, con sujeción estricta a su presupuesto.