SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

improcedente

La Sentencia cursante a fs. 93 y 94, pronunciada el 13 de febrero de 2004, por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso, sin responsabilidad, costas ni multas, con el fundamento de que la Corte Suprema de Justicia sentó jurisprudencia en los Autos Supremos 316 y 329 de 26 y 31 de agosto de 2002, respectivamente, en los que determinaba en forma expresa que el Batallón de Seguridad Física, independientemente del origen de las remuneraciones que perciben sus efectivos, es una unidad policial de orden público que se encuentra al margen de la Ley General del Trabajo, por lo que si bien el recurrente no es agente policial, se encuentra sometido a los reglamentos y estatutos en su calidad de asimilado, en ese sentido no existe acto ilegal alguno y menos vulneración de garantías constitucionales.