Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2004-R
Fecha: 11-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente arguye que ha sido suspendido de las actividades académicas como estudiante por disposición del Director de Servicios Académicos de la UATF, sin haber sido sometido previamente a un proceso disciplinario, por una parte, y por otra, que el Rector no ha dado respuesta a su solicitud de restitución, con lo que se estarían conculcando sus derechos a la seguridad jurídica, a recibir instrucción, a formular peticiones, el principio de presunción de inocencia y la garantía del debido proceso. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- dirigiéndola al Rector y a los miembros del Consejo Universitario
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el marco que la Constitución y las leyes les señalen
- No es menos evidente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional