Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0698/2004-R
Fecha: 11-May-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión, la Resolución 02/2004, cursante de fs. 201 a 204, pronunciada el 27 de febrero de 2004 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Ruperto Yucra Jerónimo contra Germán Lizarazu Pantoja, Rector de la Universidad Autónoma Tomás Frías (UATF) y Wilbert Rivera Muñoz, Director de Servicios Académicos, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, a recibir instrucción, a formular peticiones, el principio de presunción de inocencia y la garantía del debido proceso, previstos en los arts. 7 incs. a), e), h), 16. I y IV de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- dirigiéndola al Rector y a los miembros del Consejo Universitario
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en el marco que la Constitución y las leyes les señalen
- No es menos evidente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional