SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2004-R

Fecha: 10-May-2004

a)

a)  El expediente presuntamente hurtado fue retirado en horas de la tarde por un funcionario del Consejo de la Judicatura, situación que no coincide con la supuesta situación de flagrancia, la que no ha existido y por lo tanto la aprehensión del recurrente en primer término fue ilegal, ya que el mismo fue aprehendido en el despacho judicial donde prestaba servicios y no en el Juzgado donde presuntamente hurtó el expediente de referencia.

El recurrente sostiene que las autoridades demandadas han vulnerado los derechos de su representado a la libertad, a la defensa y al debido proceso, ya que: a) fue ilegal e indebidamente aprehendido sin requerimiento por un funcionario de seguridad del Poder Judicial y conducido a la PTJ sin motivo o razón legal; b) las autoridades Fiscales recurridas le acusan de una acción atípica; c) el Juez demandado dispuso indebidamente su detención preventiva sin que exista razón alguna ya que no procedía la medida cautelar al tratarse del delito de hurto y porque no existió flagrancia, y menos escuchó sus fundamentos referidos a tener familia y domicilio. Por lo que corresponde, considerar en revisión, lo solicitado a fin de otorgar o no la tutela demandada.