SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2004-R

Fecha: 10-May-2004

El co-demandado, juez segundo de instrucción en lo penal, Calixto Rodríguez Zurita

El co-demandado, juez segundo de instrucción en lo penal, Calixto Rodríguez Zurita, informó que el 5 de marzo del presente año, el Ministerio Público presentó en su despacho imputación formal contra el representado del actor, por la presunta comisión del delito de hurto agravado y solicitó la detención preventiva porque el imputado fue sorprendido en flagrancia por la Auxiliar del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil, momentos después de haber sustraído un expediente de su Juzgado y haberlo ocultado entre las hojas de un periódico y que no era la primera denuncia en su contra ya que fue sujeto de un proceso disciplinario instaurado por el Consejo de la Judicatura y destituido de su cargo, pero que seguía en su ejercicio al haber apelado la decisión. También existía una denuncia del Juzgado Noveno de Partido en lo Civil, por lo que había sido destituido de su cargo de modo que no contaba con trabajo, familia, ni domicilio establecido en la ciudad. De otra parte el Ministerio Público fundamentó el riesgo de fuga y el peligro de obstaculización. Por su parte el representante del Consejo de la Judicatura señaló que el representado del actor tiene varias denuncias en su contra.

Durante la audiencia el abogado defensor del imputado se limitó a señalar que contaba con domicilio, trabajo y familia, sin embargo no presentó ninguna documentación, por lo que concluyó que se cumplían los presupuestos para la detención preventiva, debido a que el imputado fue encontrado en forma flagrante en circunstancias  que la Auxiliar del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil al darse cuenta de la falta de expediente se dirigió en busca del imputado al juzgado donde trabajaba y encontró el expediente entre un periódico que el imputado pidió prestado y que utilizó para esconder dicho expediente; además de que el imputado no acreditó por ningún medio que contaba con domicilio, trabajo y familia, por lo que ordenó su detención preventiva en el centro de rehabilitación Santa Cruz, solicitando se declare improcedente el recurso.