Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2004-R
Fecha: 11-May-2004
II.6.
II.6. El 3 de octubre de 2003, el actor solicitó la extinción de la acción por prescripción (fs. 94), que fue rechazada por Resolución judicial de 9 de octubre de 2003 (fs. 98-100). Resolución que fue apelada por el recurrente (fs. 102-103), mereciendo el Auto de Vista de 20 de noviembre de 2003 que anuló obrados y dispuso la notificación a todas las partes con el decreto de conminatoria de 24 de septiembre de 2003 (fs. 105).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- La Fiscal recurrida, Noemí Cossio Argandoña,
- Por su parte, el recurrido, Juez de Instrucción de la Provincia Arani
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1.
- conviene precisar previamente cuál es la estructura del Código de procedimiento penal boliviano y a partir de ahí, determinar cuándo se inicia el proceso y, por tanto, cuándo se extingue la Etapa Preparatoria
- El proceso consiste en una progresiva y continuada secuencia de actos
- La tercera fase se denomina conclusión de la etapa preparatoria, y está constituida por los "actos conclusivos"
- III.3.
- III.4.
- 2°
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional