Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0720/2004-R
Fecha: 11-May-2004
II.9.
II.9. El 12 de febrero de 2004, se llevó a cabo audiencia de consideración de medidas cautelares, en la que el Juez recurrido en mérito a la solicitud de ampliación de la imputación, la complejidad de la investigación contemplada en el art. 134 del CPP y la SC 173/2003-R dispuso el cómputo de la etapa preparatoria desde el 9 de febrero de 2004 y ratificó las medidas cautelares impuestas por Auto de 28 de marzo de 2003, siendo advertidas las partes del plazo de setenta y dos horas para apelar (fs. 12-15), sin que la resolución haya sido impugnada por el recurrente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- La Fiscal recurrida, Noemí Cossio Argandoña,
- Por su parte, el recurrido, Juez de Instrucción de la Provincia Arani
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1.
- conviene precisar previamente cuál es la estructura del Código de procedimiento penal boliviano y a partir de ahí, determinar cuándo se inicia el proceso y, por tanto, cuándo se extingue la Etapa Preparatoria
- El proceso consiste en una progresiva y continuada secuencia de actos
- La tercera fase se denomina conclusión de la etapa preparatoria, y está constituida por los "actos conclusivos"
- III.3.
- III.4.
- 2°
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional