SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0818/2004-R
Fecha: 26-May-2004
I.2.1 Ratificación del recurso
El recurrente ratificó y reiteró el contenido de su demanda y se refirió a la vulneración de su derecho a la defensa al haberlo sometido a un proceso abreviado con el que nunca fue notificado y en el que se lo condenó sin ser oído en proceso legal. La resolución pronunciada por los recurridos carece de motivación y es incongruente, pues en los considerandos se hace referencia a hechos que guardan secuencia con la falta que se encuentra en el auto inicial del sumario; empero, en la parte resolutiva, se declara la comisión de una falta diferente.
En uso de la réplica señaló que el nuevo Reglamento de Disciplinas y Sanciones fue aprobado en febrero de 2004, cuando su proceso ya había concluido, y que en el antiguo Reglamento, aplicable a su caso no existe proceso abreviado, el cual fue establecido en el nuevo Reglamento, determinando que se sancionará previa recepción de la indagatoria de los encausados y presentación de pruebas de cargo y descargo en la misma audiencia, pero, en su caso, no se lo notificó con ningún proceso abreviado.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación del recurso
- Fragmento 5
- a)
- ,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.7.
- III.1.
- Fragmento 16
- en grado de apelación
- última instancia
- III.2.
- Fragmento 20
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR,