Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0861/2004-R
Fecha: 07-Jun-2004
II.3
II.3 El 27 de junio de 2002 se pronunció nuevo Auto de Vista, por el cual se revocó la sentencia apelada de 26 de mayo de 2000, y deliberando en el fondo declaró probada la demanda y excepciones de la actora, e improbada la reconvención y excepciones de la demandada (fs. 19 a 22 vta.), habiéndose dictado en casación el Auto Supremo 297 de 3 de octubre de 2003, por el que los Ministros recurridos declararon infundado el recurso (fs. 33 a 36).
- Justina Caero Guzmán
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.2.
- III.3.
- III.4
- III.5.
- APROBAR,