SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0931/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.4.
II.4. A solicitud de la parte demandante la Sentencia dictada y notificada mediante edictos, se declaró ejecutoriada por Auto de 11 de junio de 2002 (fs.70-71), Resolución notificada a las partes en el tablero judicial (fs. 72). En ejecución de sentencia el Banco de Crédito solicitó el remate del bien inmueble hipotecado (fs.95), el que fue ordenado por Auto de 2 de julio de 2002 (fs. 96 vta.), publicándose los avisos respectivos (99-100), que se suspendió por ausencia de postores (fs. 102), situación que se presentó en el segundo señalamiento de remate que no se llevó a cabo también por ausencia de postores (fs. 103-111). Realizado el tercer remate se adjudicó el inmueble a Enrique Luís Cruz Villarroel en la suma de $US8.646,05.- (fs. 114-122), siendo aprobado por Auto de 13 de diciembre de 2002 (fs. 123 vta. a 124).