Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0941/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
II.1.
II.1. El 5 de julio de 2000, Alvaro Guillermo Ugalde Canedo, en representación de José Enrique Gonzalo Ugalde (representado del recurrente) suscribió un “documento de reconocimiento de deuda y compromiso de pago con garantía de inmueble” a favor de Jorge Correa Giles por la suma de $US22.782.-, garantizando el cumplimiento de la obligación con un inmueble de su propiedad ubicado en el cantón “La Guardia” (fs. 1).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- i)
- III.1.
- el Juez del proceso es el único que puede valorar, por una parte, si el título presentado por el acreedor tiene la suficiente fuerza coactiva para admitir la demanda
- III.2.