1015/2004-R de 2 de julio de 2004.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

1015/2004-R de 2 de julio de 2004.

Fecha: 09-Jul-2004

I.2.

I.2. Por Auto de Vista de 5 de junio de 2003, la Sala Penal Primera de la Corte  Superior de Cochabamba, compuesta por los demandados, anuló la Sentencia de 28 de marzo de 2003, ordenando la reposición del juicio por otro tribunal, con el fundamento de haberse incurrido en un defecto de procedimiento insubsanable previsto en el art. 169.2) del Código de procedimiento penal (CPP),  al haberse recibido la declaración de la víctima en sesión privada sin intervención y asistencia del imputado,  más aún si sobre la base de esa declaración  se modificó la calificación del tipo penal (fs. 26 y 27).