Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
1015/2004-R de 2 de julio de 2004.
Fecha: 09-Jul-2004
inmediación
En ese orden, el proceso penal se desarrolla bajo determinados principios, entre otros, el de publicidad, que se concreta en el derecho que tienen las partes y terceras personas de conocer e intervenir en la práctica de las pruebas y el conocimiento de las conclusiones que de ellas se derive; el de inmediación, que exige el contacto directo y personal del juez o tribunal con las partes y el material del proceso; en virtud a este principio, el juicio debe realizarse, conforme al art. 330 del CPP, con la presencia ininterrumpida de los jueces y de todas las partes.
- I.1.
- I.2.
- II.1.
- Fragmento 4
- II.2.
- derecho a la defensa técnica y material
- conforme al principio de la favorabilidad
- contradicción
- inmediación
- intervenir en todos los actos del proceso que incorporen elementos de prueba y a formular las peticiones y observaciones que considere oportunas.
- intervención, asistencia y representación del imputado
- a)
- III.7.
- II.4.
- II.5.