Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Por memorial presentado el 22 de marzo de 2004, cursante de fs. 48 a 51, el recurrente asevera que Daniel Ravignon Eguino, Administrador a.i. de Aduana Interior, ahora recurrido, por Auto inicial de proceso administrativo GRSCZ-AI-001/2003 de 24 de j
Fecha: 13-Jul-2004
a) Los recursos gubernativos o administrativos, ó de control interno
a) Los recursos gubernativos o administrativos, ó de control interno, que se inician en sede administrativa, como expresión del ejercicio de control interno sobre sus actos administrativos por la propia Administración. Está conformado por: 1.- El recurso de revocatoria ante la misma autoridad que dictó la Resolución que se impugna; y 2.- El recurso jerárquico ante la autoridad superior, con cuya Resolución esta vía queda agotada, quedando el acto o sanción firme.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- admite dos vías de impugnación
- a) Los recursos gubernativos o administrativos, ó de control interno
- b) Los recursos en vía jurisdiccional o de control externo,
- sin que exista norma expresa que determine tal situación en el procedimiento aplicable al caso
- III.2.
- III.3.
- PROCEDENTE