SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2004

Fecha: 16-Jul-2004

III.2

Ahora bien, conforme se ha señalado en el punto III.2 de esta sentencia, si bien no de manera explícita, pero implícitamente está definido que la sede de funciones del Gobierno Municipal es en la capital de la Sección de Provincia  (Sección Municipal), esa fue la voluntad del Constituyente, desde que introdujo el Régimen Municipal al sistema constitucional boliviano y que no ha sido sustancialmente modificada, al contrario ha sido debidamente desarrollada por el legislador, así se infiere de la norma prevista por el art. 12 de la LM. En consecuencia, para modificar esa sede de funciones del gobierno Municipal deberá emitirse una norma legal de igual o superior jerarquía.