SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0074/2004
Fecha: 16-Jul-2004
III.4.2.
III.4.2. Respecto a la competencia del Gobierno Municipal para definir el cambio de su sede administrativa, efectuando un análisis cuidadoso de las normas previstas por la Ley de Municipalidades, más específicamente el art. 8 de la misma, se concluye que el Legislador no le ha conferido competencia para ello. En efecto, conforme se ha señalado las competencias asignadas por el Legislador al Gobierno Municipal autónomo, están organizadas en cinco materias, entre ellas se tiene la materia Administrativa y Financiera. Revisando el desglose de las competencias en dicha materia se establece que no está incluida la potestad de definir el cambio de sede administrativa del Gobierno Municipal.
Cabe advertir que las atribuciones que el legislador asigna al Gobierno Municipal en las normas previstas por el art. 164 de la LM, que textualmente dispone lo siguiente: “Los Gobiernos Municipales tienen la potestad de organizar administrativamente el territorio del Municipio en distritos municipales, en el marco del proceso participativo de planificación y de ordenamiento municipal”, no constituye una competencia de carácter político - administrativo, referida a la definición o cambio de la sede administrativa del Gobierno Municipal, toda vez que la citada norma tiene su alcance estrictamente al ámbito de la competencia administrativa referida a la forma en que el Gobierno Municipal organizará territorialmente el Municipio para el cumplimiento de los fines que definidos por el art. 5 de la LM. En consecuencia, la norma prevista por el art. 164 de la LM no puede servir de fundamento para la legalidad de la Ordenanza Municipal impugnada en el presente recurso.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- ,
- (fs. 372-373)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El régimen municipal en Bolivia
- Fragmento 13
- III.2. La sede de funciones del Gobierno Municipal
- a)
- III.3. El Gobierno Municipal; funciones y atribuciones del concejo Municipal
- SC 0065/2003 de 15 de julio
- III.4.
- III.2
- III.4.2.
- III.4.3.
- III.4.4 .
- 1º