Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 01095/2004-R
Fecha: 13-Jul-2004
II.4.
II.4. Luis Lijerón Alba, a través del escrito presentado el 9 de octubre de 2003 (fs. 137-138), interpuso recurso de apelación contra el Auto anterior el que fue resuelto por el Juez recurrido mediante Auto de Vista de 18 de febrero de 2004, que revocó el Auto apelado y ordenó al Juez a quo proceda al desecuestro del vehículo, sin costas, en aplicación del mandato del art. 163 del CPC, en virtud a que el recurrente está en posesión del vehículo desde el 23 de julio de 1999 como consecuencia de una subrogación de deuda (fs. 153-154).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y persona recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- ,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- no ha precisado ni identificado claramente los derechos fundamentales que considera restringidos, suprimidos o amenazados
- no haberse precisado
- III.2.
- alguno o algunos de los derechos o garantías constitucionales de la persona en concreto,
- APRUEBA