SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1049/2004-R

Fecha: 06-Jul-2004

el deber de todos de velar por su dignidad, ampararles y ponerles a salvo

            Que el art. 105 del CNNA, está orientado a proteger  la inviolabilidad de la integridad física, psíquica y moral del niño, niña o adolescente, abarcando, además, la preservación de la imagen, la identidad, los valores, las opiniones, los espacios y objetos personales y de trabajo; por su parte, el art. 106 del mismo cuerpo legal, instituye el deber de todos de velar por su dignidad, ampararles y ponerles a salvo de cualquier tratamiento inhumano, violento, deshumanizante, vejatorio o represivo. Finalmente, el art. 107 de la referida norma, expresa que el niño, niña o adolescente debe ser el primero que reciba protección y socorro en situación de peligro, además de ser asistido y defendido en sus intereses y derechos, ante cualquier persona o autoridad y por cualquier causa o motivo.