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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2004
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2004

    Fecha: 12-Ago-2004

    admitió

    Por AC 301/2004-CA de 28 de mayo, cursante de fs.33 a 35, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud a lo previsto en los arts. 31.1 y 82 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), admitió el recurso y dispuso se cite a los recurridos mediante provisión citatoria,  acto que se cumplió el 24 de junio de 2004 según diligencia de fs. 81. Una vez verificada la respuesta por parte de los recurridos, se procedió a la tramitación del recurso.

    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Luis Fernando Antelo Salmón, Carmen Padilla de Pérez, Miguel Angel Jordán Avaroma, Hernán Céspedes Zubieta y Carmen Suárez Suárez
    • admitió
    • ,
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • “Por lo señalado, se concluye que la sesión ordinaria realizada el 6 de enero de 2004, en la que fueron elegidas las recurrentes como Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal de Warnes, es nula de pleno derecho, por lo mismo también es nula de pleno derecho la elección de la Directiva del Concejo, ello porque la sesión fue convocada por el Vicepresidente de la Gestión 2003, Roly Alcides Vaca Paredes”
    • Fragmento 19
    • III.4.

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