Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2004
Fecha: 12-Ago-2004
II.5.
II.5. Mediante la Resolución Municipal 01/2004 de 15 de enero (fs. 64-65), el Concejo Municipal de la Primera Sección de la Provincia Warnes, conformado por los recurridos, eligió a la directiva del ente deliberante para la gestión 2004, cuya conformación es la siguiente: Luis Fernando Antelo Salmón, Presidente; Hernán Céspedes Zubieta, Vicepresidente y; Carmen Padilla de Pérez, Secretaria.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Luis Fernando Antelo Salmón, Carmen Padilla de Pérez, Miguel Angel Jordán Avaroma, Hernán Céspedes Zubieta y Carmen Suárez Suárez
- admitió
- ,
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- “Por lo señalado, se concluye que la sesión ordinaria realizada el 6 de enero de 2004, en la que fueron elegidas las recurrentes como Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal de Warnes, es nula de pleno derecho, por lo mismo también es nula de pleno derecho la elección de la Directiva del Concejo, ello porque la sesión fue convocada por el Vicepresidente de la Gestión 2003, Roly Alcides Vaca Paredes”
- Fragmento 19
- III.4.