Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2004
Fecha: 12-Ago-2004
II.1.
II.1. La Corte Departamental Electoral de Santa Cruz, otorgó las credenciales de Concejales Titulares a: Roly Alcides Vaca Paredes, Lucila Arce Arredondo y Samuel Vaca Franco de 6 de enero de 2000 (fs. 5-7); Silvia Salazar Casanova de 13 de octubre de 2003 (fs. 4); Concejal Suplente habilitado Marcelo Mercado Pedraza de 12 de febrero de 2004 (fs. 8), todos ellos recurrentes.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Luis Fernando Antelo Salmón, Carmen Padilla de Pérez, Miguel Angel Jordán Avaroma, Hernán Céspedes Zubieta y Carmen Suárez Suárez
- admitió
- ,
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- “Por lo señalado, se concluye que la sesión ordinaria realizada el 6 de enero de 2004, en la que fueron elegidas las recurrentes como Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal de Warnes, es nula de pleno derecho, por lo mismo también es nula de pleno derecho la elección de la Directiva del Concejo, ello porque la sesión fue convocada por el Vicepresidente de la Gestión 2003, Roly Alcides Vaca Paredes”
- Fragmento 19
- III.4.