SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2004-R
Fecha: 10-Ago-2004
Fragmento 19
Lo expuesto configura la existencia de controversia en cuanto a la fecha de inicio del embarazo de la representada en el recurso, que la jurisdicción constitucional por vía del recurso extraordinario de amparo constitucional no puede dirimir, por cuanto no es su naturaleza jurídica definir derechos controvertidos, así lo señalo en la SC 1370/2002-R, de 11 de noviembre, en la que expresó: “(...) el ámbito del Amparo Constitucional como garantía de derechos fundamentales, no alcanza a definir derechos ni analizar hechos controvertidos (...)”, sino solo restituir aquellos derechos fundamentales suprimidos, restringidos o amenazados al efectivo goce por su titular; así lo estatuyó el constituyente en las normas previstas por el art. 19 de la CPE; precisando para ello certeza o convicción firme de la existencia de un derecho suprimido, restringido o amenazado, de acuerdo a la jurisprudencia constitucional expresada entre otras en la SC 200/01-R de 12 de marzo que señaló “(...) la concesión del Amparo debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto ha sido violado o está amenazado un derecho fundamental (...)” , para lo cual el accionante debe proveer los elementos de convicción suficientes que demuestren la existencia del derecho y su vulneración, restricción supresión o amenaza; que no existen en el presente caso, provocando por ello la improcedencia del recurso planteado; por cuanto al no tener certeza del estado de embarazo de la recurrente durante la vigencia de la relación funcionaria, no se puede afirmar que se haya suprimido restringido o amenazado el derecho a la inamovilidad en su fuente de trabajo; por ello tampoco se puede declarar lesionados los derechos al trabajo, y a las disposiciones expresas de protección a la maternidad, consagrados por las normas previstas por los arts. 7 incs. d), 156, 157, 158 y 193 de la CPE.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- inamovilidad en su puesto de trabajo de la mujer en período de gestación
- III.5.
- Fragmento 19
- III.6.
- III.7.
- APRUEBA