SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1273/2004-R

Fecha: 10-Ago-2004

inamovilidad en su puesto de trabajo de la mujer en período de gestación

          En ese objetivo, habrá que referir que en casos en los cuales se denunció la vulneración al derecho fundamental al trabajo de mujeres en estado de gestación, éste Tribunal Constitucional, interpretando las normas previstas por la Ley 975  de 2 de marzo de 1988, entre otras en la SC 785/2003-R, de 10 de junio, expresó: “(...) La ley 975 de 2 de marzo de 1988 en su art. 1º establece la inamovilidad en su puesto de trabajo de la mujer en período de gestación hasta un año de nacido el hijo, y abarca tanto a las empleadas del sector privado sujetas a la Ley General del Trabajo como a las funcionarias o servidoras públicas, sin exclusión, sean con contratos permanentes o eventuales porque el sentido de la norma es la protección de la maternidad por parte del Estado como lo expresa el precepto constitucional contenido en el art. 193 de la Carta Fundamental” (las negrillas son nuestras); habiendo por ello otorgado tutela constitucional, previa demostración incontrovertible del estado de embarazo en la vigencia de la relación laboral o funcionaria, ya que el mandato de la norma es la inamovilidad de la mujer gestante en el puesto de trabajo, por tanto tiene como supuesto la dependencia laboral en el momento de la concepción para así garantizar dicha permanencia.