Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1330/2004-R
Fecha: 17-Ago-2004
II.3
II.3 El 30 de noviembre de 2000, el recurrente solicitó regulación de honorarios profesionales (fs. 179), que fueron fijados mediante proveído de 12 de diciembre de 2000 en la suma de $US21.734 correspondiente al 10% del monto litigado (fs. 179 y vta), aprobándose la planilla de costas por Auto de 16 de febrero de 2001 (fs. 192).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- improcedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- El principio de igualdad y su proyección en el debido proceso.-
- III.2
- III.3
- APROBAR