Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1336/2004-R
Fecha: 19-Ago-2004
II.3.
II.3.Por Certificado de Registro Domiciliario de 3 de abril de 2004 (fs. 25), expedido por la Policía Técnica Judicial, se constata que la citada representada de los actores tiene domicilio en el barrio “El Tiluchi” z/ km. 8 a localidad “La Guardia” UV 503, avenida “El Tiluchi” sin número, con el teléfono 3584847 de Santa Cruz.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- corresponde al procesado presentar los elementos de juicio y evidencias que permitan al Juez o Tribunal tener información clara y real sobre su situación patrimonial, para fijar la fianza acorde con dicha situación patrimonial; pues no puede esperarse que la autoridad judicial presuma de manera general que el procesado tiene una situación económica precaria o una situación bonancible...
- III.3.
- APRUEBA