SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2004-R

Fecha: 03-Sep-2004

II.3.

II.3.  Mediante el Comunicado presentado el 23 de marzo de 2004 (fs. 58) por el Presidente, Vicepresidente y Fiscal de la Línea 8-11, Nelson Vera Vargas  co-recurrido y otros, dirigido al Secretario General del Sindicato de Transporte “Santa Cruz”, Hernán Velásquez Capiona, co-demandado, le hicieron conocer su descontento ante el perjuicio que les provocaba la falta de trabajo del Interno 91 desde el 7 de marzo de 2003, solicitándole actuar conforme a los Estatutos del Sindicato. Comunicado que es refrendado por su similar de 26 de junio de 2004 (fs. 59) presentado por el Fiscal de la línea 8-11, Modesto Cuellar Menacho, indicando que previa revisión de los libros de control de tarjetas y libros de control de hora, se evidenciaba que la recurrente dejó de trabajar en la línea desde el 8 de marzo de 2003 hasta la fecha, sin que exista constancia de haber solicitado permiso o su baja.