Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1417/2004-R
Fecha: 03-Sep-2004
improcedente
La Resolución cursante de fs. 83 a 85, pronunciada el 28 de junio de 2004 por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró improcedente el recurso con multa de Bs200.-, con el fundamento de que no existe inmediatez en el mismo y por no haberse acreditado la vulneración de los derechos al trabajo y a la propiedad privada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- ”
- el abogado del recurrido Hernán Velásquez Capìona
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4. Mediante cartas presentadas el 24 de marzo de 2004 (fs. 4 a 6), la recurrente solicitó al Secretario General del Sindicato de Transporte “Santa Cruz 4 de Noviembre”, Hernán Velásquez Capiona y al Presidente de la Cooperativa de Transporte “Nuevo Milenio”, Nelson Vera Vargas co-demandados, la incorporación al trabajo de su línea signada con el Interno 91 placa 731-FYA
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1.
- III.2.
- no pudiendo ingresarse al examen del fondo de la problemática presentada.
- 1442/2002-R,
- APROBAR