Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1446/2004-R
Fecha: 06-Sep-2004
II.2.
II.2. Dentro del proceso ejecutivo seguido en base a la escritura pública anteriormente citada, el 3 de marzo de 2002 los representantes del BNB S.A. interpusieron la demanda ejecutiva en contra de SAGIC S.A. y Carlos Calvo Galindo que además de representante de la empresa citada es garante personal, solidario, mancomunado e indivisible del crédito de referencia (fs. 11-12); el 15 de marzo de 2002, la Jueza recurrida dictó el Auto Intimatorio 160/02, otorgando el plazo de tres días para que los ejecutados paguen el monto adeudado, más intereses, costas y gastos procesales; disponiendo el embargo sobre los bienes propios del ejecutado (fs. 14).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- el 11 de febrero de 2004, después de haber transcurrido más de seis meses de haberse rechazado la primera solicitud de que se levante la anotación preventiva