Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1478/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
II.3.
II.3. Por Memorándum 056 de 1 de febrero de 2001 se designó a Silvia Yovana Vargas Coimbra (representada del co-recurrrente) en el cargo de auxiliar de bienes y servicios del INSEF por el lapso de 85 días (fs. 22) y por Memorando 196 de 26 de abril de 2001 se le amplíó su contrato, “hasta la finalización del contrato de administración del INSEF entre el Ministerio de Educación y la UAGRM” (fs. 23).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- procedente
- II.1.
- II.2.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- eventuales
- no es menos evidente que la recurrente antes de esa fecha comunicó a la entidad su estado de embarazo
- no es menos cierto que agotar esos medios ordinarios implica para la gestante un perjuicio que podría ser irreparable proveniente de una acción ilegal e indebida de la autoridad recurrida. En tal situación, es viable este amparo como mecanismo rápido y eficaz para proteger prioritariamente los derechos de la recurrente que se encuentra en estado de gravidez y del ser en gestación
- III.3.
- III.4.
- APROBAR