SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1482/2004-R
Fecha: 14-Sep-2004
II.5.
II.5. Que al haber sido rechazada la referida reconsideración, el querellante, solicitó la prosecución del proceso, habiendo el Juez señalado audiencia de medidas cautelares, a cuya consecuencia el imputado presentó el 4 de mayo de 2004 solicitud de suspensión de esa actuación; en razón de haberse interpuesto demanda contenciosa-administrativa impugnando las Ordenanzas 158/2002 y 44/2004, así como la Resolución Municipal 0077/2003, por lo que en cumplimiento de la SC 859/2003-R, viene agotando los recursos y medios ordinarios franqueados por ley, por lo que mientras no se resuelva esa demanda, no se puede proseguir con la tramitación de la causa penal (fs. 30 a 31), que por providencia de esa fecha, el Juez dejó sin efecto el señalamiento de audiencia, disponiendo que las partes estén a las resultas del proceso (fs. 31 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la sentencia adquiera la calidad de cosa juzgada,
- Fragmento 16
- III.3.
- III.4
- REVOCA