Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1489/2004-R
Fecha: 17-Sep-2004
2º
2º Declara PROCEDENTE el recurso planteado disponiendo la anulación del Auto de Vista 09/2004 de 12 de enero impugnado con relación al punto que confirma el Auto apelado de fs. 635 (del expediente original) que rechazó el incidente de nulidad por falta de legitimación y nulidad de notificaciones; debiendo las autoridades judiciales recurridas dictar nueva resolución dando estricto cumplimiento a las normas previstas por el art. 236 del CPC. Sin responsabilidad por ser excusable.
- Marco Antonio Córdova Cabrera en representación de la Empresa de Producción y Estudios Agrícolas S.A. (EMPRESA S.A.)
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- confirma
- III.3.
- III.4.
- 2º